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De hoy en Adelante : Penas de cárcel para evasores de impuestos

En la reforma tributaria aprobada por los senadores y representantes a la cámara quedaron establecidas algunas penas carcelarias.

En caso de que se omitan activos o declare un menor valor de estos, o declare pasivos inexistentes con el propósito de defraudación o evasión, por un monto igual o superior a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (unos $1.000 millones de pesos), se impondrá una pena de prisión de 48 a 108 meses.

“El valor de los activos omitidos o de los declarados por un menor valor, será establecido de conformidad con las reglas de valoración patrimonial de activos del Estatuto Tributario, y el de los pasivos inexistentes por el valor por el que hayan sido incluidos en la declaración tributaria”, dice la reforma tributaria.

Ahora, en caso de que el valor fiscal de la evasión fiscal sea de 2.500 salarios mínimos mensuales legales vigentes, e inferior a 5.000 salarios mínimos mensuales, las penas de prisión se incrementarán en una tercera parte.

Para los casos en que la falta sea superior a 5.000 salarios mínimos, las penas se incrementarán en la mitad. En caso de que la falta no constituya otro delito sancionado con pena mayor, superior o igual a 100 salarios mínimos, e inferior a 2.500 salarios mínimos mensuales, el ciudadano será sancionado con pena privativa de la libertad de 36 a 60 meses de prisión.

Cuando se establezca que la evasión de impuestos representa un valor superior a 2.500 salarios mínimos mensuales legales vigentes e inferior a 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, “las penas previstas en este artículo se incrementarán en una tercera parte y, en los casos que sea superior a 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes, las penas se incrementarán en la mitad”, concluye la nueva ley tributaria aprobada ayer. Uno de los cambios aprobados en una de las cámaras tiene de presente que los evasores tendrán dos oportunidades de no ir a la cárcel siempre y cuando, en los dos primeros fraudes, paguen lo adeudado por concepto de impuestos.

En caso de que exista una cuarta falta no habrá ningún tipo de beneficio.   El Gobierno prevé que el recaudo extraordinario sea del orden de los $20 billones para el próximo año y suba hasta los $23 billones a cierre del mandato.

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