El Congreso de la República aprobó en último debate el proyecto de ley de seguridad ciudadana, en el que se aumentan las penas para quienes agredan a miembros de la Fuerza Pública.
El asesinato de miembros de la fuerza pública (Policía, Ejército, Armada Nacional) se castigaría con penas entre los 41 y 60 años de prisión. Esta sería una de las penas más altas que contempla el nuevo ordenamiento jurídico colombiano.
Será igualmente un agravante ocasionar lesiones personales a miembros de la Fuerza Pública. Quien incurra en este delito no solo tendrá un aumento de dos terceras partes de la pena, sino que deberá pagar la sanción en centros carcelarios, porque no tendrían derecho a detención domiciliaria.
La nueva ley de seguridad ciudadana modifica las penas de conductas como el daño en bien ajeno, cuando se cometa en vehículos de transporte público, contra las instituciones al servicio de la seguridad ciudadana o infraestructura, o al servicio de la justicia, también se constituyan en un agravante que no permita la excarcelación.
Otra de las figuras relacionadas con este asunto, incluidas dentro de la ley de seguridad ciudadana, es la que hace referencia al traslado por protección, una figura creada por el Código de Policía de 2016 que permite que una persona sea temporalmente llevada a un centro de paso si su vida e integridad o la de un tercero están en riesgo.
La norma aprobada por la Cámara otorga la facultad discrecional de “traslado por protección” que la Policía Nacional puede hacer a quien “aparente pueda estar bajo efectos del consumo de bebidas alcohólicas”.
El texto incluye modificaciones relacionadas con la legítima defensa y la proporcionalidad, pues no habrá responsabilidad penal cuando se ejerza para rechazar a alguien que intenta entrar a su habitación o dependencias inmediatas, propiedad comercial cerrada al público o vehículo ocupado.
En esa línea, la iniciativa indica que, si una persona intenta ingresar de manera violenta a los espacios ya mencionados, se puede ejercer la fuerza letal.
“Enviamos un mensaje claro y contundente que el delincuente violento, mientras espera a su juicio, lo debe hacer en un Centro de Reclusión de manera intramural y no en la calle esperando el juicio. Eso es un mensaje que estamos mandando aquí, a quién cometa un delito violento a través de la implementación de arma de fuego, arma blanca o arma de letalidad reducida, la medida de aseguramiento tendrá que ser intramural”, aseguró durante el debate el ministro del Interior, Daniel Palacios.