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Enterate: Abecé de los cambios que tuvo el subsidio del programa Mi Casa Ya

La ministra de Vivienda, Ciudad y Territorio, Catalina Velasco, anunció este jueves 16 de febrero los cambios que tendrá el programa de subsidio de Mi Casa Ya, unos ajustes que “permitirán que las ayudas lleguen a todos los municipios, beneficiando a quienes más lo necesitan y procurando una asignación más eficiente”.

Para despejar las dudas que puedan generar los cambios que se le hicieron a la iniciativa, el Ministerio de Vivienda dio a conocer un abecé de cómo poder acceder al beneficio.
Según el ente gubernamental encargado, el subsidio está dirigido a colombianas y colombianos interesados en adquirir vivienda nueva, que no han sido beneficiarios de otro subsidio de vivienda y que no son propietarios en el territorio nacional.
Asimismo, el hogar interesado debe haber realizado la encuesta Sisbén IV y tener una clasificación igual o inferior a D11 para hogares urbanos y D20 para hogares rurales.
De igual manera, la familia que quiera acceder al programa debe buscar la vivienda nueva de interés social o prioritario, urbana o rural, de su preferencia, en el proyecto que le llame la atención. Luego, deberá acercarse a la entidad financiera de su preferencia, a la entidad de economía solidaria o a la caja de compensación familiar que prefiera para tramitar el crédito hipotecario o el leasing habitacional cobijado con la medida.
Los beneficios
En primer lugar, el programa otorga un subsidio a la cuota inicial por un monto que dependerá del grupo de Sisbén en el que el hogar interesado está clasificado.
Hay que recalcar que en áreas urbanas, los hogares en Sisbén clasificados entre los grupos A1 y C7 reciben un subsidio de 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) para el pago de su cuota inicial. Mientras que los hogares con clasificación de Sisbén entre C8 y D11 tendrán un subsidio correspondiente a 20 SMMLV.
Por su parte, en áreas rurales los que clasifiquen en Sisbén entre A1 y C14 reciben un subsidio de 30 SMMLV, mientras que a los que tienen una clasificación entre C15 y D20, se les otorgará un subsidio de 20 SMMLV.
Asimismo, “se beneficia a los hogares con una cobertura a la tasa de interés del crédito hipotecario o leasing habitacional, que se otorga durante los primeros 7 años del crédito hipotecario o leasing habitacional, con el fin de reducir las cuotas mensuales a pagar, y su monto depende del tipo de vivienda adquirida. Así, cuando los hogares adquieren una vivienda de interés prioritario (VIP), la cobertura es de 5 puntos porcentuales (p. p.) sobre la tasa de interés pactada con la entidad financiera, mientras que, para aquellos hogares que adquieren una vivienda de interés social (VIS), con un precio mayor a 90 SMMLV, la cobertura representa una reducción de 4 p. p”.
La priorización de los subsidios es para la población en condiciones especiales de vulnerabilidad, y la que está ubicada en zonas rurales y municipios pequeños. Para eso, a todo hogar interesado se le asignará un puntaje que va desde el 0 al 100, dependiendo de sus características y ubicación del proyecto de vivienda a adquirir. Los subsidios se entregarán a los hogares de mayor puntaje.
Hogares previamente interesados
El Ministerio de Vivienda indicó que los hogares que se encuentran en estado de “Habilitado” se denominarán a partir de ahora como “Interesado”, condición que estará en vigencia hasta el 30 de marzo de 2024. Después de esa fecha, el registro quedará nulo y el hogar tendrá que registrarse de nuevo en caso de que siga interesado.
Las asignaciones a hogares como “interesados” se harán a aquellos que cumplan con los requisitos del programa. A partir del primero de abril, se aceptarán nuevas postulaciones de manera permanente.
También se aclara en la misiva que para que el hogar sea incluido en el estado de “interesado” debe cumplir con el requisito de Sisbén.
Además, aclaran que la postulación al programa debe realizarse en una plataforma dispuesta por el Ministerio de Vivienda.
¿Se mantienen los beneficios del programa?
Sí, son los mismos beneficios. La diferencia es que ahora hará según la clasificación en el Sisbén IV y no por rango de ingresos.
¿Qué hacer si no está registrado en el Sisbén?
En primer lugar, el Ministerio recomienda revisar si cuenta con la clasificación Sisbén IV en la página correspondiente https://www.sisben.gov.co/Paginas/consulta-tu-grupo.aspx.
En caso de que efectivamente no tenga clasificación, deberá acercarse o comunicarse con la oficina Sisbén del municipio en que vive y solicitar que le realicen la encuesta. El ente insiste en que estar registrado en el Sisbén IV y estar dentro de los puntos de corte establecidos es indispensable para obtener el subsidio.

Entre otras cosas, el Ministerio recuerda que solo es posible optar por subsidio si está dentro con una clasificación en Sisbén IV; y que puede encontrar la categoría del municipio donde vive en la página de la Contaduría General de la Nación.

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