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Esos sujetos que se extralimitan en las redes sociales, calumniando, injuriando y difamando : ENGENDROS DE LA DIFAMACIÓN A LA CÁRCEL.

Las redes sociales nos han dado la posibilidad de expresar nuestras opiniones libremente y publicar lo que queremos que los demás sepan que hacemos, sentimos y pensamos; pero entendiendo que las redes sociales al igual que cualquier otro medio de comunicación están gobernados por leyes.
Muchos de esos comentarios agresivos, insultantes, atrevidos y difamatorios que se publican en las redes sociales los hacen quienes piensan que el derecho a la libertad de expresión está por encima de cualquier otro derecho, pero resulta que están muy equivocados porque confunden el derecho a la libertad de expresión con algo tan grave como la injuria, la calumnia y la difamación.
Qué es difamación? Es desacreditar a alguien a través de la difusión de información que resulte contraria a su reputación o buena fama y desacreditándola afecta la dignidad o el honor de esa persona.
Qué es la calumnia? Es la acción que hace toda persona que inculpa a otra de haber cometido un delito no sentenciado, sin medir los daños morales que originará.
Cuál es la definición de injuria? Es la expresión o la acción que alguien realiza menoscabando o lesionando gravemente la dignidad y la fama de otra persona.
Calumniamos a alguien tildándolo de estafa, robo, asalto sexual, malversación de fondos, asesinato o cualquier otro delito basado en una opinión personal, como aquí está sucediendo en las redes.
Paisanos. La difamación, la calumnia y la injuria son figuras tipificadas en las leyes, que también se extienden a los comentarios publicados en las redes sociales.
En el marco actual de las leyes nacionales e internacionales, que regulan el sector de la comunicación masiva de Internet, óigase bien, quien propague calumnias e injurias contra una persona puede ser llevado a juicio y de ser hallado responsable será sancionado.

Paren la oreja. Esos sujetos que se extralimitan en las redes sociales, calumniando, injuriando y difamando, ignoran que existen disposiciones penales con el agregado de que, tales delitos resultan aún más graves cuando el medio de propagación empleado como plataforma para difundirlas, haya sido las redes sociales, que resultan peores que la pólvora.

Es más. El Código Penal, ampliando la “baraja” de los responsables, llega de igual manera hasta esos que en calidad de terceros, y siendo conscientes del daño que ocasionan, hacen eco de las difamaciones, reenviando tales notas como todos sabemos Por Dios.

Como profesionales, como padres y como seres humanos, todos dependemos del nombre que creamos durante largos años para conseguir un trabajo, un préstamo en el banco, hacer crecer nuestro negocio y educar a nuestros hijos guiándolos por el camino de la vida.

 

Por Favor. Estamos en nuestro derecho de opinar y decir lo que pensamos, pero con respeto, basados en hechos y dentro del margen de la ley.

De lo contrario estamos sujetos a que su drástico peso, el peso de la ley, recaiga sobre nosotros por injuriar, difamar o calumniar, así seamos muy abogados, líderes, veedores, dirigentes o “mantecos” con ínfulas de poder y el aroma de la “Bromhidrosis”.

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