La elección popular de alcaldes y gobernadores está rodeada de tantos peligros y preocupaciones, especialmente por la forma como ha recaído en los funcionarios de la rama ejecutiva el manejo del plan de compras para los respectivos municipios y departamentos.
Algunos de esos errores, que con frecuencia cometen los funcionarios de la rama ejecutiva del poder público, estaban considerados como simples contravenciones, que se sancionaban disciplinariamente con la aplicación de multas.
Para combatir el flagelo de la corrupción en todos los niveles de la administración pública se crearon en la legislación nuevas conductas de tipo penal, a tal extremo que, como lo decía el exsenador barranquillero Roberto Gerlein Echavarria, en su sabiduría, ‘lo único que no les prohibieron a los funcionarios públicos y a los dirigentes políticos fueron las relaciones conyugales’.
Convirtieron en ‘tráfico de influencias’ una simple carta de recomendación, y por eso, los alcaldes y gobernadores se excusan a expedir por escrito una nota de buena conducta para una persona que quiera conseguir empleo.
Convirtieron en ‘delito’ una simple orden de compra de elementos sanitarios que el propietario de la tienda de la esquina puede suministrar a la administración pública. Le prohibieron a los alcaldes y gobernadores dirigir las compras de los artículos para el aseo, como le ocurrió a un exalcalde colombiano , que ha sido escarnecido y difamado hasta la coronilla, y condenado a pena de prisión, por haber comprado en la ferretería de un educador al servicio del departamento, los elementos necesarios para purificar el agua del acueducto municipal.
Donde no existe detrimento patrimonial, donde los elementos fungibles que se adquirieron para el aseo de las oficinas públicas y del personal administrativo se convierte en una necesidad, como el jabón y el papel higiénico, resulta que los mandatarios municipales no pueden intervenir en esas compras, sin antes revisar la hoja de vida del tendero, ferretero o carpintero para averiguar si está inhabilitado para venderle sus productos al sector oficial.
Que ironía que Alcaldes en Colombia, han sido perseguido judicialmente porque le suministró combustible a los vehículos de la Policía Nacional para sus operativos de seguridad en esa región, sin estar asignada la partida presupuestal para estos menesteres, como quien dice es mejor la inseguridad que apoyar a proteger la población.
Habría incurrido en el delito de peculado por acción, circunstancia que aprovecharon sus enemigos políticos para llevarlo a la cárcel, a través de un proceso penal que ha destruido el patrimonio moral del conocido compositor y de su familia.
Las campañas contra la corrupción administrativa no pueden degenerar en el atropello a la dignidad de los funcionarios públicos que les prestan un servicio a sus comunidades.
En los casos que hemos mencionado, no ha existido detrimento patrimonial; los elementos del aseo fueron adquiridos de buena fe en almacenes pueblerinos, que venden de todo, hasta purgantes para acabar con las lombrices, las garrapatas y los piojos.
Hemos conocido dos casos de alcaldes, uno de ellos condenado por comprar el cloro desinfectante de las aguas crudas que llegan a la planta de tratamiento del acueducto municipal de Zapatoca.
Y otro caso, el del artista que ocupó hace veinte años la alcaldía del municipio de Bolívar, al que le han montado una insólita persecución judicial, que no tiene antecedentes en la historia del departamento.
Los errores administrativos de menor cuantía se pagaban con multas, de acuerdo con el antiguo código disciplinario. Ahora tienen penas de prisión absurdas y extravagantes, que solamente podrán resolverse cuando haya una reforma penal que evite la injusticia y que ponga fin a esta herramienta jurídica, que solamente ha servido como arma de doble filo que utilizan los enemigos políticos de los señores alcaldes y alcaldesas, para destruir el patrimonio moral de las personas.