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La ESAP y la Administración Municipal de Inzá, capacita en Derechos humanos para las víctimas y desplazados por la violencia del conflicto armado

En horas de la mañana se llevó a cabo una capacitación organizada por la ESAP y la Administración Municipal de Inzá que tuvo como objeto la orientación en derechos humanos para las víctimas y desplazados por la violencia del conflicto armado.
El ponente invitado fue el ex Procurador Provincial de Popayán José Dagny Rodríguez Ardila, quien expuso todo lo concerniente a La Ley 1448 de 2011 “por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones”, es considerada una iniciativa que establece medidas judiciales, administrativas, sociales y económicas, individuales y colectivas, en beneficio de las víctimas del conflicto interno que busca que tengan acceso al goce efectivo de sus derechos a la verdad, la justicia y la reparación con garantía de no repetición.
Rodríguez respondió interrogantes de los asistentes relacionados con la situación coyuntural del conflicto interno: ¿A quién se considerada desplazado, a quién se considera víctima? Fueran algunas de las preguntas de interés común.
Según explica la Ley 1448: “La definición completa de una víctima debajo de la Ley está estipulada en Artículo 3 de la Ley: «… aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1º de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de Derechos Humanos, ocurridas con ocasión del conflicto armado interno. También son víctimas el cónyuge, compañero o compañera permanente, parejas del mismo sexo y familiar en primer grado de consanguinidad, primero civil de la víctima directa, cuando a ésta se le hubiere dado muerte o estuviere desaparecida. A falta de estas, lo serán los que se encuentren en el segundo grado de consanguinidad ascendente. De la misma forma, se consideran víctimas las personas que hayan sufrido un daño al intervenir para asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización. La condición de víctima se adquiere con independencia de que se individualice, aprehenda, procese o condene al autor de la conducta punible y de la relación familiar que pueda existir entre el autor y la víctima…»
El ex Procurador ayudó a establecer los pasos que deben seguir las víctimas para acceder a los beneficios fundamentales establecidos por el tratado de Derechos Humanos y que se deben cumplir a cabalidad por el Gobierno Nacional.
Todo esto se da gracias al convenio de la Administración Municipal de Inzá en cabeza del Alcalde Gelmis Chate Rivera con La Escuela Superior de Administración Pública ESAP. Con el fin de capacitar a la comunidad inzaeña con miras a mejorar la calidad de vida y la dignidad colectiva