Para el último viernes del mes de enero, el Directorio Nacional Conservador fechó la realización la primera gran convención nacional de cara a las elecciones presidenciales y del Congreso de la República del venidero 2022, fecha para la cual convocaron de manera presencia y virtual a las bases, fuerzas vivas, directivos regionales del partido, directores de medios de comunicación, miembros del congreso y demás militantes y donde se realizará la presentación oficial de candidatos para aspirar al Salón Elíptico y a la Casa de Nariño.
RESOLUCIÓN No. 035 DEL 2021
(27 de diciembre de 2021)
“Por medio de la cual se convoca y reglamenta, la Convención Nacional semipresencial del Partido Conservador Colombiano para el 28 de Enero del 2022”
El Directorio Nacional Conservador, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 3º del Artículo 45 de los Estatutos, y en concordancia con los artículos 30, 31, 33, 115, de los mismos y,
CONSIDERANDO:
Que la ley 1475 del 2011, establece que los partidos o movimientos políticos con personería jurídica, deben convocar a su máximo órgano de dirección, asamblea o convención nacional, cada dos (2) años y garantizar a sus miembros influir en la toma de las decisiones más importantes,
Que el Directorio Nacional Conservador, en reunión del día 20 de diciembre del 2021, decidió convocar la Convención Nacional del Partido para el día 28 de Enero de 2022 de manera semipresencial, con el propósito de proclamar la candidatura del Dr. DAVID ALEJANDRO BARGUIL ASIS, como candidato a la Presidencia de la Republica.
Que es facultad del Directorio Nacional, definir el orden del día de la Convención Nacional y otros aspectos importantes para el exitoso desarrollo de la misma.
Que teniendo en cuenta las medidas sanitarias tomadas por el Gobierno Nacional, con relación a la pandemia del COVID-19, se hace necesario realizar la Convención Nacional, de forma semipresencial es decir, presencial y por medio de la plataforma ZOOM, para lo cual se dispondrá de los medios tecnológicos establecidos para tal fin. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Lugar y hora: Convóquese la Convención Nacional del Partido Conservador Colombiano para el día 28 de Enero de 2022, a partir de las nueve (9) de la mañana, en el Hotel Tequendama con el propósito de proclamar al Dr. DAVID ALEJANDRO BAGUIL ASIS, candidato del Partido a la presidencia de la República, la cual se realizara una parte presencial y otra por medio de la plataforma ZOOM, para lo cual se creará un link por parte del Partido Conservador, el cual se socializará con los convencionistas quienes podrán acceder a la hora y día señalado.
ARTICULO 2º Reglaméntese mediante la presente resolución, la Convención Nacional del Partido Conservador Colombiano convocada por el Directorio Nacional para el día 28 de Enero de 2022.
ARTICULO 3º. Orden del día. El Directorio Nacional Conservador fijará el orden del día para la Convención Nacional del Partido.
ARTICULO 4º. . Directorios departamentales, distritales y municipales: Los presidentes y vicepresidentes de los Directorios Provisionales que a la fecha se encuentran reconocidos y vigentes, podrán participar en la Convención Nacional.
ARTICULO 5º. Comisión de Acreditación. El Directorio Nacional designará una Comisión de Acreditación integrada por cinco (5) miembros, encargada de acreditar y validar, la condición de los delegados a la Convención Nacional, atendiendo las calidades que contempla el artículo 30 de los Estatutos que a la letra reza:
“ARTÍCULO 30. La suprema autoridad del Partido reside en la Convención Nacional Conservadora, y sus decisiones son obligatorias para todos sus organismos y miembros.
La Convención Nacional del Partido es una instancia amplia de participación de los líderes y militantes Conservadores de los distintos departamentos y distritos del país.
Hacen parte de la Convención Nacional del Partido los militantes Conservadores activos que reúnan una cualquiera de las siguientes calidades:
1. Expresidentes y ex vicepresidentes de la República.
2. Congresistas en ejercicio, elegidos por el Partido Conservador.
3. Miembros principales y suplentes del Directorio Nacional.
4. Rectores, Vicerrectores y Decanos de Universidades acreditadas ante el Ministerio de Educación Nacional
5. Presidentes y vicepresidentes de gremios empresariales Nacionales, y empresarios de reconocimiento nacional.
6. Directores de diarios nacionales y regionales.
7. Diputados en ejercicio.
8. Concejales en ejercicio.
9. Miembros principales de los directorios departamentales, distritales y municipales.
10. Ex precandidatos conservadores a la presidencia de la República.
11. Exministros conservadores.
12. Exembajadores conservadores.
13. Ex miembros principales del Directorio Nacional.
14. Ex congresistas elegidos por el Partido, que hubieren ocupado el cargo en propiedad.
15. Exdiputados elegidos por el Partido, que hubieren ocupado el cargo en propiedad.
16. Exconcejales conservadores de ciudades capitales que hubieren ocupado el cargo en propiedad.
17. Exgobernadores elegidos por voto popular con el aval del Partido o de un movimiento afín.
18. Exalcaldes elegidos por voto popular, con el aval del Partido o de un movimiento afín.
19. Exmagistrados conservadores de las altas cortes, ex procuradores generales, ex fiscales generales, ex contralores nacionales, ex defensores del pueblo nacionales, y ex auditores nacionales.
20. Exdirectores de institutos descentralizados del orden nacional.
21. Excandidatos a gobernación o alcaldía de ciudad capital, avalados por el Partido o movimientos afines, no elegidos en la elección inmediatamente anterior, que hubieren obtenido como mínimo, el 25% de la votación del candidato ganador.
22. Excandidatos al Congreso de la República y asambleas departamentales no elegidos en la elección inmediatamente anterior, que hubieren alcanzado como mínimo, el 25% de la votación del primero elegido en la lista.
23. Un número de delegados de los grupos de población específicos que tengan organización dentro del Partido, como jóvenes, mujeres, trabajadores, empresarios, academias, etc.
24. Un número de delegados de estudiantes de universidades reconocidas oficialmente por el Ministerio de Educación Nacional.
25. Ex viceministros de Estado.
Parágrafo. La Convención Nacional del Partido se podrá realizar de manera presencial, o con la participación de los delegados de los directorios departamentales, distritales y municipales de manera descentralizada, acudiendo a medios virtuales o telemáticos, según las circunstancias económicas y logísticas lo permitan, y de acuerdo con la reglamentación que sobre el particular expida el Directorio Nacional Conservador”.
ARTÍCULO 6º.- Mesa Directiva de la Convención. La Mesa Directiva de la Convención, será la misma mesa del Directorio Nacional.
ARTÍCULO 7º. – Derecho al uso de la palabra. El uso de la palabra en la Convención lo otorgará el Presidente de la misma, quien restringirá el número y duración de las intervenciones si fuere necesario, procurando otorgar iguales oportunidades.
ARTÍCULO 8º.- Publicidad y convocaría. La presente Resolución se publicará en la página web oficial del Partido, www.partidoconservador.org
ARTÍCULO 9.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase
Dada en Bogotá, D.C., a los veintisiete (27) días del mes de diciembre del 2021.
OMAR YEPPES ALZATE
Presidente
LUIS KAROL LEON VARGAS
Vicepresidente
BETTY ECHEVERRIA CONSUEGRA
Secretario General