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Recientemente el tema de imponer la pena de prisión perpetua para violadores de niños, volvió a ser noticia : ¿efectividad o “populismo punitivo”?

Recientemente el tema de imponer la pena de prisión perpetua para violadores de niños, volvió a ser noticia, pues cada vez que ocurre un caso aberrante, es común escuchar de la ciudadanía, un interés casi insaciable, por internar a perpetuidad a los violadores, e incluso, exigir sanciones en extremo drásticas como la pena de muerte o la castración química. No obstante, surgen varios interrogantes, entre ellos, ¿es realmente efectiva la prisión perpetua como mecanismo en la prevención de delitos? o ¿permite esta medida la eficaz garantía y protección de los derechos de las víctimas?
Al respecto, la anterior Ministra de Justicia solicitó a la Comisión Asesora en materia de Política Criminal –instancia conformada por reconocidos académicos en derecho penal y política pública criminal del país- un concepto técnico sobre la viabilidad de imponer la pena perpetua, ello con el fin de que el Gobierno cuente con asesoría en el tema.
El concepto de la Comisión, fue conciso y unánime: la prisión perpetua es una medida «innecesaria, inútil y desproporcionada»; no obstante, la respuesta no fue del agrado de la actual Ministra de Justicia, Margarita Cabello, quien manifestó, que el referido concepto no era vinculante para el Gobierno Nacional, lo que al parecer, generó que el Presidente de la Comisión, se apartara del cargo, manifestando su inconformidad frente a la independencia académica y el papel del Ministerio de Justicia.
Así las cosas, resulta preocupante que desde el Gobierno, se haga uso del llamado “populismo punitivo”, el cual consiste en promover penas más crueles, haciendo uso de la manipulación de medios de comunicación y estimulando las emociones más primitivas de la sociedad, con el fin de implementar iniciativas, sin sustento lógico, en un peligroso afán por reforzar la autoridad del Estado y mejorar la percepción social, que entre otras cosas, resulta bastante subjetiva en temas de seguridad y política criminal.
Lo cierto es que, no existe argumento jurídico-práctico que demuestre la efectividad de la pena de prisión perpetua para violadores de niños, por el contrario, la doctrina penal ha expuesto, lo ineficiente que resulta pretender la prevención de conductas punibles, mediante la aplicación de penas que buscan intimidar a quienes opten por delinquir –prevención general negativa-, sobre todo en criminales profesionales o aquellos denominados “impulsivos ocasionales”. Sumado a ello, esta iniciativa implica modificar las bases de la Constitución, fundadas bajo el respeto a la dignidad humana, además, desconoce tratados internacionales, y el desarrollo jurisprudencial de la Corte Constitucional sobre el fin y la función resocializadora de la pena.

Frente al tema se ha debatido tanto, que intentar exponer todas las razones resultaría tedioso, pero el propósito de estas líneas no es otro que prevenir al lector sobre la desinformación que a diario nos venden, e intentar explicar lo incoherente que resulta respaldar medidas populistas, cuyo único fin es legitimar extremos políticos. Dejar de guardar silencio y demandar alternativas que en realidad protejan la población infantil en Colombia, es responsabilidad de todos.

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