Nacional
Senado modificó procedimiento para elección de contralor general

La plenaria del Senador aprobó en segundo debate con 63 votos a favor y 11 en contra el proyecto de ley que establece las reglas de la convocatoria pública previa a la elección de Contralor General de la Republica, por el Congreso de la Republica».
Luego de varias sesiones de discusión y el nombramiento de cuatro comisiones para que redactara un texto acogiendo todas las inquietudes formuladas por los congresistas, se votó la suficiente ilustración, se cerró la discusión del informe presentado por el senador Germán Varón Cotrino y se procedió a votar.
La iniciativa determina que el Contralor General de la República será elegido por convocatoria pública al que podrán aspirar todos ciudadanos que cumplan los requisitos consagrados en la constitución y la ley, entre los que encuentran ser colombiano nacimiento; tener más de 35 años de edad; tener título universitario; o haber sido profesor universitario durante un tiempo no menor de 5 años, entre otros.
El senador Germán Varón aseguró que con relación al artículo 6, el que mayor controversia ha causado, se acordó que la Mesa Directiva del Congreso designará una comisión la cual estará «conformada por un miembro de cada una de las bancadas representadas en Cámara con un mismo número de miembros representando al Senado».
Esta comisión accidental será la encargada de elegir a una entidad educativa pública o privada de alta acreditación para que realice una valoración de tipo habilitante, no concurso, de las hojas de vida de los ciudadanos inscritos que aspiran al cargo. Podrá realizar audiencias públicas para escuchar a los postulados.
La comisión deberá elegir 10 candidatos, de los cuales el Congreso en Pleno procederá a elegir al Contralor General de la República para un periodo institucional igual al del presidente de la República, en el primer mes de sesiones. En caso de que en la primera votación no alcance ningún aspirante la mayoría absoluta, se hará una segunda elección con los dos primeros candidatos que obtuvieron las más altas votaciones, la lista de elegibles respetará la equidad de género.
Se aprobó un artículo transitorio que contempla que para la primera elección la Mesa Directiva podrá ajustar los tiempos para la realización del trámite reglamentario de la presente ley. Mientras el congreso dicta la norma de convocatoria, el procedimiento establecido en la presente ley se aplicará en lo pertinente a la elección de los contralores distritales, municipales y departamentales.
Esta iniciativa pasa a conciliación, por cuanto el texto aprobado es diferente al que aprobó la Cámara de Representantes, antes de convertirse en ley de la República.